Controles financieros
Superar esos importes no implica una investigación automática, pero el contribuyente debe contar con documentación que permita justificar el origen del dinero si el organismo lo solicita.
ARCA actualizó los parámetros que determinan cuándo bancos y billeteras virtuales deben informar movimientos financieros de sus clientes. La medida alcanza operaciones como cada transferencia, acreditaciones, extracciones, saldos, plazos fijos, pagos y tenencias en sociedades de bolsa.
Los nuevos montos rigen durante julio de 2026 y forman parte del régimen informativo que deben cumplir las entidades financieras. Superar esos valores no significa que exista una fiscalización automática, aunque el contribuyente debe poder respaldar el origen de los fondos si el organismo lo requiere.
Según la información vigente, los ingresos y egresos totales en billeteras virtuales se informan desde $50.000.000 para personas humanas y $30.000.000 para personas jurídicas. Para operaciones bancarias y virtuales, el esquema contempla distintos umbrales según el tipo de movimiento y el perfil del titular.
Los nuevos montos bajo análisis
En el caso de una transferencia o acreditación, el umbral informado para julio quedó establecido en $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas. El cambio representa una suba significativa frente a los topes anteriores utilizados para personas humanas, según Ámbito.
Las extracciones de efectivo también tuvieron modificaciones. Desde julio, los bancos deben reportarlas cuando alcancen $10.000.000, tanto para personas físicas como para empresas. Antes, la obligación informativa alcanzaba a retiros sin importar el monto.
Para los saldos bancarios al cierre de cada mes, los nuevos pisos quedaron fijados en $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas. En plazos fijos, el umbral es de $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para empresas.
Billeteras virtuales, pagos e inversiones
Las billeteras virtuales mantienen criterios similares a las operaciones bancarias. Los movimientos totales o saldos finales se informan desde $50.000.000 para personas humanas y $30.000.000 para personas jurídicas, según los parámetros publicados por el organismo.
En tenencias dentro de sociedades de bolsa, el límite pasa a ser de $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas. Para pagos, el deber de informar se activa desde $50.000.000 en el caso de individuos y desde $30.000.000 para empresas.
En cuanto a compras como consumidor final, desde julio de 2026 pueden realizarse operaciones de hasta $10.000.000 sin que sea obligatorio solicitar información adicional por ese motivo. De todos modos, las entidades pueden aplicar controles propios si consideran que una operación no coincide con el perfil habitual del cliente.
Qué documentación puede pedir ARCA
Si ARCA detecta que una transferencia o movimiento no resulta consistente con la información fiscal disponible, puede pedir documentación que respalde el origen del dinero. Entre los comprobantes habituales aparecen facturas, recibos de honorarios, boletos de compraventa, contratos de préstamo declarados o certificaciones contables.
Las entidades alcanzadas por el régimen deben informar datos sobre cuentas, titulares, ingresos, egresos y saldos mensuales cuando se superan los umbrales previstos. El objetivo es contrastar los movimientos con la situación fiscal declarada por cada contribuyente.
En caso de recibir una suma importante, se recomienda tener respaldos disponibles y evitar dividir artificialmente una operación grande en varias transacciones menores. Esa conducta también puede activar controles internos de bancos o billeteras, incluso cuando los montos estén por debajo de los parámetros informativos generales. Fuente: Ámbito


