El Gobierno promulgó la Ley 27.804, que modifica la Ley de Glaciares. La norma introduce cambios en el régimen de protección de los cuerpos de hielo y el ambiente periglacial.
A través del Decreto 271/2026 publicado este viernes en el Boletín Oficial, el gobierno nacional promulgo la Ley de Glaciares que lleva el número 27.804 y que fue sancionada por el congreso en su sesión del día 8 de abril de 2026.
La norma introduce cambios en el régimen de protección de los cuerpos de hielo y el ambiente periglacial, redefiniendo criterios de inventario, evaluación ambiental y determinación de actividades permitidas o prohibidas en áreas de montaña.
La modificación de la ley de glaciares establece nuevos lineamientos para la protección de estos ecosistemas estratégicos en Argentina, al actualizar artículos centrales de la normativa vigente. La medida redefinió el alcance de la preservación ambiental, el inventario nacional y las actividades permitidas en zonas sensibles.
Entre los principales cambios, la norma ratifica que los glaciares constituyen bienes públicos y los definió como reservas estratégicas de recursos hídricos, esenciales para el consumo humano, la agricultura, la biodiversidad, la investigación científica y el turismo. Además, establece que su protección debe ser compatible con el uso racional de los recursos naturales, en línea con la Constitución Nacional.
Inventario nacional y principio precautorio
La ley dispone la creación y actualización del Inventario Nacional de Glaciares, que permitirá identificar y monitorear estas formaciones en todo el país. Este registro será de consulta obligatoria para las autoridades competentes, con el objetivo de garantizar su control y conservación.
Asimismo, incorpora el principio precautorio, por el cual todos los glaciares incluidos en el inventario serán considerados protegidos hasta que estudios técnicos determinen lo contrario. En caso de comprobarse que no cumplen funciones hídricas, podrán quedar excluidos de la normativa específica, sin perder otras protecciones ambientales vigentes.
Restricciones y evaluaciones ambientales
La normativa también refuerza las restricciones en zonas glaciares y periglaciares. Quedaron prohibidas actividades que puedan afectar su condición natural, como la liberación de contaminantes, la construcción de infraestructura no esencial, la explotación minera o hidrocarburífera y el desarrollo industrial.
En este sentido, se establece que todas las actividades deberán someterse a evaluaciones de impacto ambiental previas, con instancias de participación ciudadana. Solo se exceptúan tareas científicas, deportivas sin impacto y acciones de emergencia.
Rol de las provincias y control
Finalmente, la ley determina que cada jurisdicción será responsable de designar su autoridad competente para aplicar la normativa. Estas deberán identificar glaciares en su territorio, evaluar proyectos y comunicar información al Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), encargado de administrar el inventario nacional. Fuente: El Once










